Soluciones para empresas en crisis.
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La masa activa del concurso

53 P. ¿Qué constituye la masa activa del concurso?

R. Constituyen la masa activa del concurso los bienes y derechos integrados en el patrimonio del deudor a la fecha de la declaración de concurso y los que se reintegren al mismo o se adquieran hasta la conclusión del procedimiento.

Se exceptúan aquellos bienes y derechos que, aun teniendo carácter patrimonial, sean legalmente inembargables.

En caso de concurso de persona casada, la masa activa comprenderá los bienes y derechos propios o privativos del concursado.

Si el régimen económico del matrimonio fuese el de sociedad de gananciales o cualquier otro de comunidad de bienes, se incluirán en la masa, además, los bienes gananciales o comunes cuando deban responder de obligaciones del concursado. En este caso el Juez podrá acordar la liquidación o división del patrimonio.