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Soluciones para empresas en crisis.
Respondemos a las cuestiones de la nueva ley.

El derecho concursal es la rama del derecho orientada a regular la situación “excepcional” en que se encuentra el deudor que no puede hacer frente a sus obligaciones. Comprende el estudio y regulación de la problemática del deudor en crisis, o la prevención de ésta, mediante mecanismos legales destinados a mantener al deudor en el mercado o a conseguir, de ser el caso, su salida ordenada del mismo.

Al solicitar el concurso el deudor podrá optar, dependiendo de cómo sea su crisis empresarial, por diversas soluciones. Estas soluciones de concurso previstas en la Ley son el convenio y la liquidación, concediendo la Ley al deudor la facultad de optar por una de las dos soluciones. Si se opta por el convenio éste necesitará la aprobación judicial, no produciendo dicha aprobación la conclusión del concurso, sino que éste concluirá con el cumplimiento del mismo. También podrá optar por una solución liquidadora del concurso, pero tendrá el deber de solicitar la liquidación cuando durante la vigencia de un convenio conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos y las obligaciones contraídas con posterioridad a su aprobación.