El derecho concursal
es la rama del derecho orientada a regular la situación excepcional
en que se encuentra el deudor que no puede hacer frente a sus obligaciones.
Comprende el estudio y regulación de la problemática del
deudor en crisis, o la prevención de ésta, mediante mecanismos
legales destinados a mantener al deudor en el mercado o a conseguir, de
ser el caso, su salida ordenada del mismo.
Al solicitar el
concurso el deudor podrá optar, dependiendo de cómo sea
su crisis empresarial, por diversas soluciones. Estas soluciones de
concurso previstas en la Ley son el convenio y la liquidación,
concediendo la Ley al deudor la facultad de optar por una de las dos
soluciones. Si se opta por el convenio éste necesitará
la aprobación judicial, no produciendo dicha aprobación
la conclusión del concurso, sino que éste concluirá
con el cumplimiento del mismo. También podrá optar por
una solución liquidadora del concurso, pero tendrá el
deber de solicitar la liquidación cuando durante la vigencia
de un convenio conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos
y las obligaciones contraídas con posterioridad a su aprobación.